Tras una paralización de cuatro días en un centro de la región Noreste, el Tribunal Constitucional dispuso cesar y evitar nuevas interrupciones de docencia en horario lectivo cuando estas impliquen una afectación progresiva, prolongada o indiscriminada del servicio educativo. La decisión pone el acento en el costo directo que esas acciones tuvieron sobre el estudiantado y en la necesidad de impedir que el calendario escolar vuelva a alterarse.
En la sentencia TC/0428/26, la Alta Corte también ordenó diseñar e implementar un plan verificable de recuperación pedagógica para reponer de manera efectiva el tiempo lectivo perdido. Además, estableció una garantía de no repetición mediante un protocolo de gestión de conflictos que privilegie el diálogo, la mediación y la avenencia sin comprometer el derecho a la educación.
La resolución instruye a la Asociación Dominicana de Profesores (ADP), seccional Las Terrenas, y a su actual presidente, a abstenerse de convocar o ejecutar nuevas paralizaciones que impacten el calendario escolar oficial. A la vez, exhorta al Ministerio de Educación (Minerd), por medio del Distrito Educativo 14-07, a supervisar el estricto cumplimiento del calendario y a facilitar vías de diálogo, mientras el Defensor del Pueblo dará seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto, en una señal de vigilancia institucional ante fallas que ya afectaron el servicio educativo público.
