La entrada en vigor de la Ley 74-25, que crea el nuevo Código Penal, ha vuelto a disparar una advertencia sobre la manera en que el Congreso dominicano y el oficialismo están legislando desde el poder: con un discurso de regulación que, en la práctica, podría terminar golpeando el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión.
El debate mismo deja al descubierto un contraste difícil de pasar por alto. De acuerdo con el texto, legisladores del partido oficialista respaldaron un Código Penal que ahora amenaza herramientas de denuncia y fiscalización pública que antes emplearon con amplitud desde la oposición en medios digitales, radio y televisión. La interrogante que queda planteada es política e institucional al mismo tiempo: qué cambió entre exigir libertad para cuestionar y aprobar hoy normas que podrían estrecharla.
Uno de los puntos más delicados aparece en la Sección II, dedicada a infracciones contra las personas mediante imágenes, audios y montajes. El artículo 192 prevé penas de seis meses a un año de prisión menor, además de multas de uno a dos salarios mínimos del sector público, por difundir imágenes o audios sin consentimiento. Aunque la protección de la privacidad responde a un propósito legítimo, la inquietud está en una redacción que, como señala el texto, no marca con claridad la diferencia entre el trabajo periodístico, respaldado por principios éticos y normas legales, y la publicación de contenidos en redes sociales por usuarios particulares.
Esa laguna técnica no es menor. Cuando una ley combina la necesidad de frenar excesos con disposiciones que podrían alcanzar a medios y periodistas, el costo social deja de ser abstracto: se compromete el derecho ciudadano a estar informado y se debilita una función esencial de control sobre el poder. Lejos de cerrar la discusión, la Ley 74-25 refuerza la exigencia de vigilancia pública y de rendición de cuentas a un Congreso que, según la crítica recogida, vuelve a mostrar falta de visión en un asunto central para la institucionalidad democrática.
