La Cámara de Diputados dio luz verde este sábado, en primera lectura, a 32 cambios en 24 artículos de la Ley 74-25 del Código Penal, dentro de una revisión que sigue abierta y que podría incorporar nuevas modificaciones este lunes. La decisión vuelve a poner el proceso legislativo bajo observación, no solo por la magnitud de los ajustes, sino porque varios inciden en sanciones, límites y criterios de aplicación en asuntos especialmente sensibles.
Uno de los puntos aprobados es el artículo 192, referente a la difusión de audios o imágenes sin consentimiento, que solo sería castigada cuando ocurra en el ámbito privado o exista una expectativa razonable de discrecionalidad. En ese apartado, la pena menor se amplía hasta quince días, frente a los seis meses del modelo actual, mientras la máxima se mantiene en hasta un año de prisión. Además, se procura sacar del nuevo Código Penal la sanción para los casos en que el contenido falso haya sido elaborado mediante montajes.
También fueron tocados los artículos 207, 208 y 211. En el 207, sobre perjurio, la pena pasaría de cinco a diez años de prisión a entre dos y cinco años. En el 208, relativo a la difamación, se plantea reducir la sanción de dos a cinco años a entre uno y dos años de prisión, además de precisar que no será sancionada si se produce en medios de comunicación, streaming y en el ciberespacio. En el 211, los diputados incorporaron que no se considerarán difamación o injuria “las expresiones, opiniones y críticas vinculadas con actos de corrupción, políticas públicas, función pública, servicios públicos y actuaciones que atenten contra el interés público”, siempre que estén respaldadas por elementos probatorios o hayan sido precedidas por una verificación razonable de la información. Con más cambios aún sobre la mesa, la primera lectura deja abierto un tramo de alta sensibilidad institucional que exige seguimiento público antes de su aprobación definitiva.
