El Tribunal Superior Electoral dejó en estado de fallo reservado el recurso contencioso en nulidad contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral, disposición que establece el registro de firmas encuestadoras y regula la publicación de encuestas en materia electoral. Durante la audiencia, el tribunal también ordenó unir dos expedientes relacionados con el caso: uno sobre medidas cautelares de extrema urgencia y otro correspondiente al recurso principal, ambos bajo el expediente TSE-01-0013-2026.
La acción fue presentada por Justicia Sin Fronteras, a través del abogado Harrison Féliz Espinosa, en contra de la JCE. Los demandantes solicitan que la demanda sea declarada válida y que se disponga la suspensión provisional e inmediata de las disposiciones impugnadas, con el fin de permitir la libre circulación, difusión y publicación de encuestas de opinión con fines electorales. Asimismo, piden que la JCE se abstenga de aplicar medidas derivadas del artículo décimo tercero del reglamento y sus párrafos, especialmente aquellas que puedan impedir, restringir o sancionar la divulgación de encuestas fuera de los períodos oficiales de precampaña y campaña.
El centro de la controversia pone bajo revisión la potestad reglamentaria de la JCE. De acuerdo con los demandantes, el órgano electoral habría excedido sus atribuciones al imponer por vía administrativa restricciones que, sostienen, no están previstas de forma expresa en la legislación dominicana. Con el expediente pendiente de decisión, permanece abierta una discusión institucional sobre los límites del reglamento y sobre la necesidad de control judicial respecto de disposiciones que inciden en derechos fundamentales dentro del debate electoral.
